GOBIERNO ESCOLAR

 ARTÍCULO 35: DEL GOBIERNO ESCOLAR El Colegio Técnico Industrial José Elías Puyana, al iniciar el año lectivo, garantiza la participación democrática de todos los estamentos de la Comunidad Educativa, organizando el Gobierno Escolar según lo expuesto en el Proyecto del Área de Ciencias Sociales.


                                                                fuente: google imagenes

 

ARTÍCULO 36: CONSEJO DIRECTIVO 
El Consejo Directivo del Colegio Técnico Industrial José Elías Puyana es: 
1. La máxima instancia de participación de la Comunidad Educativa. 
2. Un organismo de coordinación y asesoría. 
3. Orientador y asesor en la toma de decisiones. 
4. Orientador en los procesos académicos y administrativos de la Institución.

ARTÍCULO 37: INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO
 El Rector, quien lo presidirá. 
1. Dos representantes de los profesores. a. Un representante por la sección de Primaria b. Un representante por la sección de Secundaria
2. Dos representantes de los padres de familia. 
3. Un representante de ASOPADRES 
4. Un representante del Consejo de Padres. 
5. Un Representante de los Estudiantes (Presidente de los Estudiantes) 
6. Un Representante de los Exalumnos del Colegio. 
7. Un Representante del Sector Productivo. 

ARTÍCULO 38: FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y SUS INTEGRANTES 
Se adoptan las funciones establecidas en la Ley General de Educación, Decreto 1860 Art. 23: 
1. Tomar las decisiones que afecten al funcionamiento del Colegio. 
2. Servir de instancia para resolver conflictos que se presenten entre Directivos y Docentes con estudiantes después de haber agotado el conducto regular y los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia: 
3. Adoptar el Manual de Convivencia que presente el Rector a su consideración. 
4. Asumir la garantía y defensa de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado
5. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del Plan de estudios y someterlos a inscripción y consideración de la Secretaría de Educación competente. 
6. Adoptar la autoevaluación del Colegio para la caracterización del Servicio Público Educativo. 
7. Participar en el proceso de Evaluación Institucional. 
8. Recomendar criterios y promover actividades y relaciones de tipo académico, deportivo, cultural, recreativo y social de la Comunidad Educativa con otras instituciones. 
9. Reglamentar los procesos electorales. 
10. Estimular y controlar el buen funcionamiento del Colegio. 
11. Darse su propio reglamento. 
 
 
 
 


                                                                    fuente: youtube

 

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